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Las personas físicas y morales que hayan obtenido ingresos mayores a $400,000 deberán de presentar su declaración anual. También hay diversas situaciones en las cuales si te identificas, también tendrás que hacerla:
Los trabajadores que solicitaron por escrito a su patrón que no la presentaran, los contribuyentes que dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre, personas que prestaron servicios por salarios a personas que no efectúan retención, las personas que obtuvieron ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales) o si percibieron ingresos por jubilación, pensión, liquidación.
Las fechas para presentar la declaración anual para las personas físicas es del 1 al 30 de abril, mientras que para las personas morales será del 1 al 31 de mayo.